Micelio
Auto21 de junio de 2023

A- de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Empresa De Telecomunicaciones De Bogota Sa·Demandado Aseguradora La Previsora Sa Y Otros

Tema · dato duro
Controversia Contractual Y Extracontractual Con Entidades Públicas Del Sector Financiero, Siempre Que La Actividad Corresponda Al Giro Ordinario De Sus Negocios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Controversias contractuales y extracontractuales con entidades públicas del sector financiero, siempre que la actividad corresponda al giro ordinario de sus negocios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 36 Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado 36 Administrativo de Oralidad del Circuito de la misma ciudad.

Dicha controversia recae sobre el conocimiento de la demanda interpuesta por la ETB en contra de La Previsora, Mapfre y Allianz, pretendiendo, entre otras, que se declare la ocurrencia de los siniestros amparados en unas pólizas expedidas por dicha entidad, así como el incumplimiento por parte de aquella de los contratos de seguro correspondientes a dichas pólizas.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Sala resolvió con base en la regla fijada en el auto 092 de 2023 que, la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad civil, es la competente para conocer de las controversias relativas a los contratos celebrados por entidades públicas que tengan el carácter de instituciones aseguradoras vigiladas por la Superintendencia Financiera, siempre que dichas controversias correspondan al giro ordinario de sus negocios.

Ello, de conformidad con los artículos 105.1 del CPACA, 12 de la Ley 270 de 1996 y 15 del CGP.

Con fundamento en lo anterior, la Sala ordenó remitir el expediente al Juzgado 36 Civil del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 36 Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado 36 Administrativo de Oralidad del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el conocimiento de la demanda presentada por la ETB en contra de La Previsora, Mapfre y Allianz le compete al Juzgado 36 Civil del Circuito de Bogotá.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-2361 al Juzgado 36 Civil del Circuito de Bogotá para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida demanda y para que comunique la presente decisión al Juzgado 36 Administrativo de Oralidad del Circuito de la misma ciudad y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.